23-03-2010, 11:28:46
Como quieras... En fin.
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23-03-2010, 13:32:43
Mangeclous Wrote:La sentencia alude al tomo 95. No me refiero a las facturas, sino al error que señala Hermanita acerca de que en ellas figura goma2 EC por error. No conocía ese dato hasta que lo ha mencionado.
23-03-2010, 21:06:51
Mi opinión (sin sombra de duda) es que las facturas identifican erróneamente el explosivo y que eso se ve en los documentos del sumario sin mayor dificultad. Más allá de mi opinión, se podría demostrar con datos externos adicionales que existe ese error. Lo que pasa es que a estas alturas no tiene la menor importancia ni afecta al fondo del proceso, y nadie se va a poner a hacer esa demostración.
De todos modos, luego me pongo y escribo un rollo para explicar por qué no cabe duda de que es un error.
Sigo donde lo dejé ayer. Espero acabar mañana.
-- Quote:Las muestras procedentes de la furgoneta Kangoo y de la mochila de Vallecas eran, efectivamente, de Goma 2 ECO (eso sí, con la incómoda e imprevista presencia de metenamina que no provenía de fábrica, lo cual es otro cantar...),Sí, para “cantadas” ya está el perito de turno. Porque eso de la metenamina es una de las mayores patrañas del argumentario conspiracionista… que ya tiene mérito. El Sr. Iglesias olvida mencionar que la metenamina no sólo se encontraba en un par de muestras singulares (lo cual siempre ha alimentado las sospechas de la afición), sino vitualmente por todas partes, en casi dos docenas de muestras: de la Kangoo, de la mochila de Vallecas, de Leganés, del atentado frustrado en la vía del AVE, la muestra “patrón”… incluso en un foco de explosión. En fin, como esto es, efectivamente, otra historia, para quien esté interesado en los detalles me remito al tratamiento minucioso de esta cuestión en varias entregas de mi serie, empezando por la séptima. Quote:pero esto no significa en modo alguno que lo que explotó en los trenes fuera Goma 2 ECO, como se transmitió de modo subliminal a la opinión pública.¿Cómo que “de modo subliminal”, como si fuera una sórdida manipulación de masas? De eso nada. Se transmitió clara y directamente, entre otras cosas, porque era y es la conclusión más lógica para quien no necesite hacer carrera como maestro de la sospecha. Según el eminente perito, que se limita a reproducir la cantinela conspiracionista de siempre, que se halle una bomba de Goma 2 ECO sin estallar (cuya falsedad, tantas veces aducida, han sido incapaces de demostrar); que esté perfectamente documentada la adquisición y disposición de Goma 2 ECO por quienes cometieron los atentados de acuerdo con una investigación que han sido incapaces de impugnar válidamente; que se hallen restos de Goma 2 ECO en todos los escenarios visitados por la trama de autores materiales… todo eso “no significa en modo alguno que lo que explotó en los trenes fuera Goma 2 ECO”. Claro, debe de ser la duda científica. Si a estas alturas alguien necesita que se le discuta esto, probablemente nada de lo que yo pueda escribir podrá convencerle. Quote:Años antes de comenzar a fabricarse la Goma 2 ECO se fabricaba la Goma 2 EC que llevaba dinitrotolueno (DNT), pero su fabricación se paró en 1992, Quienes me conocen saben que soy más bien parco en atribuciones de intención rotundas y en el uso de descalificaciones personales. Pero la anterior cita no deja lugar a dudas. El Sr. Iglesias no sólo carece del más elemental rigor científico, periodístico, académico y de todo tipo. El Sr. Iglesias es, además, un incompetente. ¿Por qué me permito una afirmación tan desagradable? Porque no es la primera vez que este perito alude, en apoyo de su argumentación, a la fecha en que dejó de fabricarse la Goma 2 EC. De hecho, en su libro “Titadyn” perpetra una hazaña difícilmente superable en el mundo editorial de la divulgación pretendidamente “científica”. En efecto, en dicha obra, don Antonio Iglesias, para referirse al mismo dato del cese de la producción de Goma 2 EC ofrece… ¡CUATRO FECHAS DISTINTAS!: 1) Una, la misma que se recoge en este artículo, es decir, 1992, en la página 133, nota al pie 15: Quote:…la empresa Maxam [envió] al tribunal […] un fax en el que certificaba que la Goma 2 EC había dejado de fabricarse en 1992, lo que descartaba que este explosivo pudiese haber sido utilizado por los terroristas.Esta referencia, por sí sola, desacredita a su autor, pues basta con leer el breve fax al que alude él mismo para comprobar que esa fecha es errónea. 2) Otra, la fecha que en más ocasiones repite en “Titadyn” (por ejemplo, páginas 69, 70, 417 y 422), igualmente errónea: 1999. De hecho, con arrogancia tan improcedente como característica, en la página 422 de su libro, no duda en criticar incluso al tribunal presidido por Gómez Bermúdez, señalando que la referencia de éste a la Goma 2 EC en su sentencia Quote:queda fuera de lugar e induce a confusión, porque dejó de fabricarse en 1999. 3) Una tercera fecha, en la página 413: 2000. Quote:…esta dinamita [Goma 2 EC] llevaba sin fabricarse desde el año 2000. 4) Por último, la fecha correcta, 2002, que el Sr. Iglesias recoge finalmente en su cronología, al final del libro (página 432), citando precisamente a una fuente de la empresa fabricante: Quote:…repasamos un exhaustivo informe de Maxam […], en cuyo epígrafe 3, “Proceso de sustitución de la Goma 2 EC por la Goma 2 ECO”, dice, […]: “se realizó en 1999, si bien se tuvo que compaginar durante algún tiempo la fabricación de ambos productos […] hasta enero de 2002.”No hay excusa para tamaña incuria. Bastaría con que se hubiera leído sus propias páginas para observar la incoherencia. Máxime cuando cita expresamente hasta dos fuentes distintas, de la propia compañía, con la información exacta. ¿Éste es el perito que va a abrir el camino hacia la verdad? ¿El que se permite denigrar el trabajo de los facultativos oficiales? Quote:por lo que no parece lógico que hipotéticos restos de este material, que presuntamente coexistieron en Mina Conchita junto a la Goma 2 ECO, No, Sr. Iglesias, la coexistencia de Goma 2 ECO y Goma 2 EC en Mina Conchita no es “presunta”, así como si se tratara de uno de esos rumores que nos cuentan algunos entes malintencionados para intoxicar a la población incauta. No. Es un hecho comprobado y fácilmente constatable. Pero no lo digo yo. Si ir más lejos, puede consultarse el escrito de conclusiones provisionales de la misma asociación que propuso como perito al escéptico Sr. Iglesias. Una fuente, pues, libre de toda sospecha (p. 58): Quote:El día 18 de Junio de 2004, al inspeccionar las bocaminas de los diferentes niveles existentes en la Mina Conchita, la Intervención de Armas y Explosivos de la Guardia Civil104 de Salas -Asturias-, fueron localizados 16 cartuchos de Goma 2 ECO introducidos entre piedras de grandes dimensiones en el exterior de la bocamina del 2º nivel, totalmente deteriorados hasta el punto de recuperarse solamente el envoltorio y sin poder observarse siquiera los números de lote grabados en los envoltorios. Así mismo en el interior de la bocamina del 1º nivel, a unos 47´5 metros del exterior y bajo cartones deteriorados por la humedad y basura se encontraron 2 bolsas de 2´5 kg. de Goma 2 EC y otras 2 bolsas de la misma cantidad abiertas, así como detonadores de aluminio eléctricos del nº 2, aparentemente todo ello dejado en el lugar por abandono y negligencia en su consumo.En dicho escrito, incluso se refieren las páginas del sumario donde consta la información pertinente, en la nota al pie 104: Quote:Folios 24.352 y ss (Tomo 79). Informe 2854/Q-04, a los Folios 36.323 y ss (Tomo 107).Sr. Iglesias, si usted nos dice que ni su asociación amiga ni el coautor de su libro (Casimiro García Abadillo, vicedirector de El Mundo) le han facilitado el acceso al sumario, tendremos que creerle. Pero la cita que acabo de recoger lleva años disponible libremente en Internet para cualquiera. Para cualquiera, claro está, con un mínimo de interés y decencia. Quote:hayan sido capaces de contaminar por vía aérea a la Goma 2 ECO con trazas de DNT en una atmósfera fría. Aunque se trate de un aspecto insustancial, no quiero dejar pasar la ocasión de subrayar el estilo sinuoso del Sr. Iglesias. Éste se mantiene en un ambiguo y conveniente “algunos”. Pero él sabe, porque dedica un capítulo entero a este tema en su libro “Titadyn”, si es que ha tenido tiempo de leérselo, que no fueron los peritos oficiales quienes adujeron tal cosa: Quote:Se barajó esta hipótesis durante el juicio porque un abogado de las acusaciones alegó que algunos cartuchos de Goma 2 ECO habrían estado en contacto con cartuchos sobrantes de Goma 2 EC que se utilizaba años antes en la mina. [Iglesias en “Titadyn”, p. 412] Y mucho menos después de que se “echaran por tierra” las demás “teorías de la contaminación”. Que se hayan desacreditado o no las diferentes teorías al respecto es sólo su opinión personal y la de su cortejo mediático. Evidentemente, tiene derecho a mantener su propio criterio, pero no a hacerlo pasar por indiscutiblemente acreditado. De hecho, la última versión sustentada y defendida durante la vista por los peritos oficiales era la de la contaminación ambiental por adsorción, en el almacenaje de las muestras. El Sr. Iglesias omite referirla en este artículo, así que no nos distraeremos intentando exponerla. Quote:Ni es verosímil que se utilizara la propia Goma EC en la preparación de los artefactos, por lo cual y, ante la evidencia de la presencia de DNT en los restos de todos –no de casi todos–, reitero, de todos los focos (serie 6 de las muestras), hay que concluir en que el explosivo que estalló en los trenes no fue en modo alguno Goma 2 ECO ni Goma 2EC. Afirmación estupefaciente donde las haya y que demuestra una vez más el “rigor científico” de este caballero. En primer lugar, ¿por qué no es verosímil que se utilizara la propia Goma 2 EC? Lo dictamina sin molestarse en explicarlo. ¿Tal vez por una cuestión de fechas de fabricación, ésas con las que se hace un lío en su libro? Porque esto es lo que viene a decir en la página 417 de “Titadyn”: Quote:Consideramos que la presencia de DNT en todos los focos no se puede atribuir a la dinamita Goma 2 EC, que lo contenía en su composición, porque se dejó de fabricar en el año 1999 y cualquier existencia que hubiera quedado en algún almacén estaría inservible para su uso como explosivo […].Para llegar a este dictamen no sólo tiene que dar una fecha errónea (y se trata de un error inexcusable), sino olvidar la incongruencia de rechazar por caduca la Goma 2 EC y abogar al mismo tiempo por la tesis de la utilización de un titadyn que ETA había adquirido en 1999 y 2001, fechas anteriores a la última en que dejó de fabricarse la Goma 2 EC. En segundo lugar, aun suponiendo (y ya es suponer) que los hallazgos de NG y DNT sean genuinos, es decir, no debidos a una contaminación, ¿cómo puede permitirse el Sr. Iglesias descartar la presencia de Goma 2 ECO, y además con esa seguridad (“en modo alguno”)? ¿Cómo sabe que no ha estallado esta dinamita mezclada con otra u otras que llevan DNT y NG en su composición? ¿Cuál es su criterio científico? Ah, para esto le basta algo así como su intuición: Quote:…el sentido común, y esto ya no es química, pues hace… me repugna la idea de que haya dos explosivos: hay uno o hay otro. Y el que tiene todas las papeletas, desde luego es el titadyn. [Iglesias en La Tarde con Cristina, COPE, 2.7.2009]Pero si su “ciencia” es ya un producto realmente poco sólido, difícilmente habremos de confiar en su “sentido común”. Mi sentido común me dice que si encuentras a, b y c no es posible determinar sin más si se debe a la existencia de un solo producto que contiene a, b y c, o de dos productos que contienen a y b, por un lado, y b y c por otro… pero, bueno, yo no tengo la flexibilidad mental del Sr. Iglesias.
24-03-2010, 00:56:28
(This post was last modified: 24-03-2010, 01:05:16 by morenohijazo.)
Tal vez tengas razón, Hermanita, pero se trataría de un error sumamente extraño.
Supongo que queres decir que al transcribir el nombre de la dinamita han colado GOMA 2 EC por GOMA 2 ECO; es decir, se les ha caído una O. Pero resulta un error raro porque se trata de varias facturas, separadas por muchos días, en las que, cuando habla de GOMA 2 E-C lo escribe así (con guión entre E y C) mientras que la GOMA 2 ECO la escribe así, o como GOMA 2ECO. Y tampoco me parece muy normal que en todas esas facturas no hayan caído en el error ni mandante ni receptor del pago (son miles de kilos, a casi 3 euros el kg, parece raro que nadie se haya fijado) Eso sí, como dices, no creo que tenga mayor importancia que argumentos para la discusión con los peones; en el juicio se demostró que la nitroglicerina y DNT NO ESTABAN en los análisis hechos a esas mismas muestras en 2004, y que la contaminación pudo producirse a través de las bolsas, así que el origen de NG y DNT de las muestras de Perito Iglesias no creo que fuera la GOMA 2 EC. _________________________________ EDITO: Subido el primer post de "LAS MENTIRAS DE ANTONIO IGLESIAS". Leído el segundo.
La mentira tiene las patas cortas, pero calza zancos al lado de las exclusivas conspiracionistas
24-03-2010, 21:59:36
Quizá porque veo muchas facturas y con mucha frecuencia, no es algo que me divierta especialmente examinar. Así que no se me había ocurrido nunca, hasta ayer, interesarme por las famous facturas de Goma2 EC.
Recuerdo haber leído en la sentencia que había facturas de EC del año 2004. Por otra parte no me pareció nada especialmente extraño, puesto que, como ya ha señalado pocococo, de hecho había materialmente cartuchos de EC en Mina Conchita. Y sigue sin parecerme especialmente importante que las facturas sean erróneas, más allá de que ello permite señalar una equivocación a mi juicio intrascendente en la sentencia. ¿Qué quiere decir eso? Que Gómez Bermúdez puede equivocarse. Pues qué novedad. No me parece que sea como para tirar cohetes. Todas las veces que se repita son pocas: este error es intrascendente, porque la prueba de que había Goma2 EC en Mina Conchita no es que hubiera facturas de compra de Goma2 EC en 2004 por Caolines de Merillés, sino que la Guardia Civil encontró Goma2 EC en la mina en una inspección ocular. El caso es que, tras leer anteayer la pregunta de Cero07 y recordando vagamente que los conspis también han dado un poco la vara con este asunto, decidí mirar la sentencia para refrescar mi memoria, y tras comprobar que cuando el Tribunal habla de las facturas se remite al Tomo 95 del sumario (como ya ha dicho Mange) me fui a mi fuente de toda confianza para hacerme con los datos concretos. Las facturas que menciona la sentencia son cinco, «entre otras» (dice). En el Tomo 95 hay 10 facturas en total. Todas están expedidas el último día natural del mes de que se trate, de marzo a noviembre, ambos inclusive (y hay 2 facturas fechadas el 30/septiembre). Los números respectivos son 29, 41, 53, 64, 75, 86, 96-97 (las 2 de septiembre), 106 y 112. Todas están expedidas por Canela Seguridad S.A. y el destinatario es Caolines de Merillés S.L. En todas se vende algo descrito como “GOMA 2 E-C 26/45”. Además, en el concepto “Descripción” también se incluyen “RIODET AL. RET. 1-8 2M”, que son detonadores. Y asimismo se facturan dos conceptos llamados “GUÍAS CIRCULACIÓN” y “PORTES”. Esto último es baratito, 3,61 €/u. y 36, 06 €/u., respectivamente. Además, esto es también clave para entender por qué hay un error en las facturas, porque lo que se factura bajo la descripción “Guías circulación” y “Portes” es el coste (pagado por Canela Seguridad SA y repercutido a su cliente, en este caso Caolines de Merillés) de enviar el producto vendido (los explosivos y los detonadores) al comprador o cliente. Las “Guías circulación” son unos documentos que deben obligatoriamente acompañar los viajes de transporte de explosivos. Confieso que lo digo sin haber mirado normativa alguna, pero es que se trata de algo totalmente habitual: con guías de circulación tienen que viajar muchísimas mercancías, como las bebidas espirituosas ![]() En cuanto a los “Portes”, son los gastos de transporte normales y corrientes, que en este caso contrata en su propio nombre Canela Seguridad SA con el transportista de que se trate, al cual le paga también (y el transportista le emite su factura a Canela Seguridad SA), para después recuperar el importe por medio del cargo en factura del gasto a su cliente, comprador y destinatario de la mercancía, Caolines de Merillés. Estas cosas no es que haya que adivinarlas, sino que fácilmente se ven en el Sumario, porque cada fotocopia de factura va acompañada de fotocopias de las cartas de porte y de las guías de circulación: - una carta de porte es el documento que acredita la existencia de contrato de transporte entre dos partes (regulada en la Orden FOM/238/2003 ); el contrato se hace entre el transportista y el cargador, que puede ser el vendedor o puede ser el comprador (en el caso del que estamos hablando el que contrataba el porte era el vendedor); en la carta de porte deben figurar ciertas menciones obligatorias, como quiénes son el expedidor, el destinatario y el transportista, junto a datos del vehículo, de la carga, firmas de todos los implicados, etc. (si estuviéramos hablando de un transporte internacional aplicaríamos el Convenio relativo al Contrato de Transporte Internacional de Mercancías por Carretera y se utilizarían CMRs, pero en el ámbito nacional los requisitos son menos exigentes); no obstante, como se trata de mercancías peligrosas son de aplicación además determinadas exigencias adicionales derivadas del Acuerdo Europeo sobre transporte internacional de mercancías peligrosas por carretera (ADR): se puede ver en las cartas de porte del sumario la clasificación ADR de UN0081, que es EXPLOSIVOS DE MINA (PARA VOLADURAS) («Las dinamitas, dinamitas-goma y las dinamitas-plásticas están comprendidas en este epígrafe»); el transportista (también conocido como “camionero”) debe viajar llevando consigo la carta de porte, o más bien parte de ella, ya que la carta suele constar de varias páginas autocopiativas que al pie indican “Ejemplar para…”, y el transportista firma la primera hoja, que es para el expedidor y que se queda ya en poder de dicho expedidor al iniciarse el porte —y le sirve de prueba de que el camionero se lleva la mercancía—, y luego se sube al camión para empezar el viaje llevando consigo las otras dos hojas, que son una para él y otra para el destinatario; en este Sumario están siempre los “Ejemplares para el cliente”, lo que demuestra que indudablemente se trata de documentación aportada por Caolines de Merillés - una guía de circulación es un documento administrativo, cuyo formato y control dependen de distintos organismos según se trate de una u otra mercancía; si llevas explosivos y la Guardia Civil te para, te pedirá la guía y comprobará que está bien cumplimentada; al igual que las cartas de porte, constan de varias hojas, y en este Sumario están siempre las “Segundas Copias” que son las que debe conservar el destinatario, nueva demostración de que se trata de documentación aportada por Caolines de Merillés. Visto todo lo anterior, solamente nos queda fijarnos en que la operativa de las ventas tenía que ser necesariamente la siguiente: a lo largo de cada mes Canela Seguridad SA le va haciendo envíos de explosivo y detonadores a su cliente Caolines de Merillés SL, sea en función de un acuerdo previo acerca del ritmo de envío (pero no creo, porque las cantidades varían mucho de un mes a otro), o bajo previo pedido (por teléfono o fax), que creo yo que sería lo que se hacía aquí. Caolines de Merillés pide explosivos y detonadores para distintas minas; que yo sepa, tienen (o tenían) dos: Mina Conchita en Calabazos y Mina Collada en Arbodas. Los explosivos siempre salen del depósito de Valdellano (que aparentemente es el único depósito que tiene Canela Seguridad), y van a una u otra de las minas de Caolines. Después, al llegar el fin de mes, Canela Seguridad le emite a Caolines de Merillés una única factura mensual en la que se suman todos los kilos de explosivo que se le han remitido en distintos días a lo largo de todo el mes precedente. Desconozco si existían albaranes de entrega. Puede ser que los hubiera y que no se guarde copia (desde luego parece que Caolines de Merillés no los tenía o no los guardaba, puesto que no los aporta a Del Olmo y le están haciendo entrega de todo); o a lo mejor sólo los tenía o sólo los guardaba Canela Seguridad, que no es quien aporta la documentación (ojo). Sea como sea, no me parecería raro que no hubiera albaranes: ¿para qué? Las entregas de mercancía estaban perfectamente documentadas con las cartas de porte. Llegados a este punto, forzoso es admitir que hay un error en alguna parte, porque en todas las cartas de porte se especifica claramente que lo remitido es “GOMA2 ECO 26X200”. Nos encontramos así con dos documentos discrepantes: las facturas que dicen que lo vendido es “GOMA 2 E-C 26/45” y las cartas de porte que dicen que lo enviado (o sea, también lo vendido) es “GOMA2 ECO 26X200”. El tercer documento en juego, las guías de circulación, no sirve para dirimir la controversia, pues describen el producto transportado solamente como “GOMAS”. Expuesto lo anterior y sabiendo que necesariamente hay un error, sea en las facturas, sea en las cartas de porte, mi opinión es que sin duda el error está en las facturas. ¿Por qué? Pues bien, la experiencia me enseña que, cuando hay una discrepancia de este tipo entre una factura que se emite mensualmente y sus documentos de desglose —sean éstos albaranes de entrega o cartas de porte—, los cuales han sido emitidos en el momento mismo en que se produjeron las entregas materiales del producto, siempre, siempre, siempre, son más fiables los documento de desglose. Además es totalmente lógico que así sea: respecto a las entregas materiales de mercancía, que son hechos del pasado, la factura mensual solamente sirve de formalización —su utilidad se dirige a otros fines: pedir el pago, repercutir el IVA, etc.—, en tanto que las cartas de porte (o los albaranes si los hubiera) son documentos que sirven precisamente para demostrar lo que se le está entregando realmente en ese momento al cliente; y una carta de porte, además, es el documento que sirve para demostrar qué es lo que se le entregó realmente al transportista. De hecho, si la Guardia Civil para al transportista, en cualquier momento podría pedirle (aparte de la imprescindible guía, cuando ésta sea obligatoria) la carta de porte, para ver si de veras hay un propietario de la mercancía identificado y un destinatario identificado (porque uno u otro podrían tener ciertas responsabilidades en cuanto a la conservación de la mercancía, o al embalaje, o a la licencia de fabricación o a otras muchas cosas), o para comprobar que el transportista tiene una justificación para estar llevando lo que lleva. Y no solamente eso, sino que, además, el camionero cuando firma el recibí en el "Ejemplar para el expedidor" reconoce y responde con esa firma de que se le está entregando lo que la carta de porte dice, y después el firmante del recibí de la carta de porte cuando la mercancía llega a destino reconoce y responde con esa firma de que se le está entregando lo que la carta de porte dice que se ha transportado. Y así todo. Digamos que la factura solamente interesa, o sólo la manejan, comprador y vendedor, en tanto que las cartas de porte implican a más personas (camionero, empleados concretos que responden personalmente, etc.). Las facturas acaban quedando como documentos formales, imprescindibles, eso sí, para varias cosas muy importantes (sobre todo deducirse el IVA soportado ![]() Tal como he dicho en un mensaje anterior, para cualquiera que aun dude, se podría demostrar fácilmente que este error lo es. ¿Cómo? Pues pidiéndole a Canela Seguridad SA que acredite sus propias compras de explosivos de 2003 y 2004 (sus compras a UEE SA). Si no compraba Goma2 EC no podía vender Goma2 EC (ni a Caolines de Merillés ni a nadie), y apuesto mil a uno a que así era. A alguien quizá le extrañe que este error no fuera puesto de manifiesto en la instrucción ni en el juicio. Pero a mí me parece que lo que pasó tiene fácil explicación. A los policías, periodistas, jueces penalistas y abogados penalistas, las facturas y los albaranes y las cartas de porte son cosas que no les gustan, que más bien eluden. Pasaron deprisita sobre ellas y no se preocuparon de su posible incidencia. En todo caso, esto no va por las acusaciones, que quede claro: de ello debieron ocuparse las defensas. Pero se les escapó. Y, hoy por hoy, que las facturas demuestran que se vendió Goma2 EC en 2004 ya es verdad judicial. Podría preocuparnos, si no fuera porque existe un hecho: que había realmente Goma2 EC en Mina Conchita, y ese hecho ya no es verdad judicial, sino verdad a secas: la Guardia Civil la vio allí. Por eso este error sobre las facturas no deja de ser, como he dicho al principio, una anécdota sin trascendencia.
24-03-2010, 22:35:38
Vaya nivelazo, Hermanita. Me quito el sombrero.
Por mi parte, hoy he tenido un día horroroso. Terminaré mi fisking de la última patochada de Iglesias mañana (espero).
24-03-2010, 22:56:43
(This post was last modified: 24-03-2010, 22:57:07 by Mangeclous.)
Hermanita Wrote:A alguien quizá le extrañe que este error no fuera puesto de manifiesto en la instrucción ni en el juicio. Pero a mí me parece que lo que pasó tiene fácil explicación. A los policías, periodistas, jueces penalistas y abogados penalistas, las facturas y los albaranes y las cartas de porte son cosas que no les gustan, que más bien eluden. Pasaron deprisita sobre ellas y no se preocuparon de su posible incidencia. Claro, es que el error no tenía importancia hasta que apareció en la sentencia. Donde, como dices, tampoco tiene mayor importancia toda vez que en la mina había Goma-2 EC. Lo que me hace gracia es que en conspilandia no se han tomado la molestia de sacar a relucir este error como lo has hecho tú. ¡Es que hasta hacemos (haces) su "trabajo", joé! ![]()
24-03-2010, 23:31:11
Gran trabajo, Hermanita. Yo no veo tan claro que sea con seguridad un error (por lo que dices, puede ser también un error en las cartas de porte, y no veo yo muy claro lo de que que las facturas sean menos fiables) pero lo cierto es que me alegra que seamos honrados y reconozcamos los fallos de la sentencia cuando los hay
Hay otro detalle por lo que es posible -a mi juicio- que las defensas (las acusaciones, como tú dices, no tienen tanta oblgación de fijarse) no se fijaran en la discrepancia y posible error del Tribunal. Que se vendiera o no GOMA 2 EC a la mina es, en realidad, de una importancia muy relativa. Y no sólo porque, como parece, la NG y DNT no porvenían de GOMA 2 EC ni Titadyn, sino de contaminación. Veamos: -Suárez Trashorras estaba acusado de vender dinamita que, en un 99 % (si no era el 100%) al menos era GOMA 2 ECO y los árabes de volar trenes con dinamita que era de la misma GOMA 2 ECO en un 99 % (si no en un 100 %). - Con razón dijo el fiscal que daba igual el tipo de dinamita (auqnue su frase se manipuló y se sacó de contexto); las pruebas eran tan abrumadoras que la aparición, o no, de unos pocos cartuchos de otro tipo de dinamita en la mina no hubiera salvado a sus defendidos. -Pongamos que hubiera salido como componente residual un elemento que sólo aparece en otro tipo de explosivos y que no pudiera provenir de Mina Conchita. Los conspiracionistas hubieran puesto el grito en el cielo, claro, pero el hecho seguiría siendo que los terroristas disponían de cantidades ingentes de GOMA 2 ECO conseguida a través de Trashorras. El que hubieran conseguido una cantidad minoritaria por otro conducto, no hubiera evitado la condena de la inmensa mayoría de los acusados. -A veces nos contagiamos de los conspiracionistas y sus mantras "todo depende del explosivo" "sin el arma del crimen no hay condena" blablabla, pero el caso era muy sólido y un eror en la Sentencia no lo hubiera hecho palidecer. -Todo el tema de la NG y DNT en el fondo sólo sirvió para enturbiar el tema por parte de un grupo de perillanes que sacaron ganancia a río revuelto. Entre los abogados, los hay que con el conspiracionismo han sacado fama personal -y trabajo para determinadas asociaciones y artículos para periódicos conspiracionistas- pero ninguno logró evitar la condena de sus defendidos con esas artimañas. Es decir, los abogados honrados quizás no juzgaron positivo para sus clientes remover ese tema.
La mentira tiene las patas cortas, pero calza zancos al lado de las exclusivas conspiracionistas
25-03-2010, 00:02:37
(This post was last modified: 25-03-2010, 00:05:56 by lejianeutra.)
Ja, me pregunto si los conspiranoicos conocerán esta sentencia de 2009 contra Anartz Oiartzabal Ubierna (no, no es de Túnez):
Quote:j) Pericial sobre los restos de explosivos encontrados tras la explosión acaecida en el edificio Pompeyo I de Torrevieja, realizada por los miembros de la Guardia Civil con TIP P-27396-Y y N-05002-J (informe a los folios 663 y siguientes) que determinaron que lo encontrado era material para confeccionar artilugios explosivos y que el tipo de explosivo hallado es dinamita Titadyn de fabricación francesa. Digo yo que no, que no la conocen. De lo contrario no darían tanto el coñazo con la Goma 2 EC (darían el coñazo con otra cosa, claro) Por cierto, presidía la Sala un tal ilmo. Sr. Don Javier Gómez Bermúdez (ni idea de quién es, así que no me preguntéis)
25-03-2010, 02:25:33
Pues a mí también me parece que Hermanita ha hecho un trabajo magnífico. Pero creo que es posible que tenga un error. Dice:
Hermanita Wrote:[...] En este análisis se asume que la denominación "GOMA 2 E-C 26/45" se corresponde con lo que conocemos como Goma 2 EC y que la "Goma2 ECO 26X200" es la Goma 2 ECO. Y yo, con mis escasos (nulos, para ser sinceros) conocimientos, pienso que no tiene por qué ser así. He buscado una página que os puede interesar "El Rincón Minero" (mola el nombre ¿a que sí?): http://www.derenatura.com/ que en concreto en la norma o lo que sea ITC 10.0-01, detalle los diferentes tipos de explosivos, refiriendo los relativos a explosivos tipo Goma, los siguientes (y sólo los siguientes): Goma 1 E-AGV Goma 2 EC Goma ER Goma 2 BD Goma 1 ED Goma pura Goma 1 Espe. A Goma 2 ED Como véis no aparece la Goma 2 ECO, por lo que yo me pregunto. ¿No será que Goma 2 ECO es la denominación comercial que figura en las cartas de porte y Goma 2 E-C la denominación oficial que figura en las facturas? Lo anterior no obsta para que lo sustancial del análisis de Hermanita sea correcto. El Tribunal (no sólo Bermúdez, Hermanita, que tú nos lo has repetido muchas veces) se pudo equivocar, considerando que lo que se había suministrado, según figuraba en las facturas, era Goma 2 EC. Tal vez cartas de porte y facturas fueran correctas y sólo existiera el error de los jueces, abogados y público en general. ¿Por qué no se lo mandas a Del Pino? Igual le vale para un nuevo henizma.
25-03-2010, 03:38:53
Viana, la ITC 10.0-01 (y otras) fue aprobada por la orden 20-3-1986, muchísimo antes de que se concibiera la fabricación de Goma 2 ECO, de ahí que no aparezca en la relación.
25-03-2010, 09:51:54
lejianeutra Wrote:Viana, la ITC 10.0-01 (y otras) fue aprobada por la orden 20-3-1986, muchísimo antes de que se concibiera la fabricación de Goma 2 ECO, de ahí que no aparezca en la relación. Te me has adelantado, lejianeutra. Después de escribirlo anoche me di cuenta; así como de que mi "explicación" tampoco justificaría la diferencia de calibres entre las cartas de porte (26/200) y las facturas (26/45). Pensé en quitar mi post pero vi que a esa hora (después de las 3 A.M.) ¡ya lo habían leído 8 veces! así que lo dejé para que Hermanita, o quien fuera, no me llamara gallina. Lo dicho. No he puesto nada; o al menos no he puesto nada que yo mismo crea que contradice el magnífico análisis de la "lista". Por cierto; si tanto ella como tú estáis cabreados porque no os han subido el sueldo el CNI este año, os aguantáis. Hermanita diciendo que Bermúdez manipuló la sentencia y tú demostrando que los etarras hacían atentados con Goma 2 EC y con Titadyn. ¿Con qué equipo jugáis? ![]()
25-03-2010, 14:15:02
lejianeutra Wrote:Ja, me pregunto si los conspiranoicos conocerán esta sentencia de 2009 contra Anartz Oiartzabal Ubierna (no, no es de Túnez): Pues aviso que un Peón Negro desocupado se lo pasaría en grande demoliendo Versiones Oficiales. Quote:Este testimonio se complementa con las declaraciones del testigo de nombre Narciso (número 22 de la lista) que declaró que el día de los hechos ve a un individuo que se alejaba del edificio Pompeyo I el cual le llamó la atención porque iba en sentido contrario al resto de personas. Éste individuo se montó en un coche gris, grande, y se marchó. Perasalo lo pasaría en grande.
La mentira tiene las patas cortas, pero calza zancos al lado de las exclusivas conspiracionistas
25-03-2010, 16:48:00
viana Wrote:Por cierto; si tanto ella como tú estáis cabreados porque no os han subido el sueldo el CNI este año, os aguantáis. Ni te imaginas lo cabreado que estoy con éso... Se van a enterar de lo que vale un peine :lol: Lo de la Goma 2 EC en manos de un terrorista de ETA lo único que demuestra es lo absurdo, artificial e interesado de ese debate "Si es Titadyne ---> ETA, si es Goma 2 ECO o EC ---> islamistas" que han tratado de vender los medios conspiracionistas y me pregunto a qué se habrían aferrado si lo que hubieran adquirido los islamistas (y así se hubiera documentado) fuera Titadyne. Porque nada impide que cualquier grupo terrorista se haga con cualquier explosivo en un momento dado. Por fortuna, como debe ser, la Justicia permaneció ajena a ese debate y a los islamistas no se los condena (a los que pudo condenar por estar vivos) simplemente por tener en su poder Goma 2 ECO o EC, sino por muchas otras pruebas además de ésa que los ligan sin lugar a dudas a los atentados. La famosa "valoración conjunta de la prueba" que tantas veces hemos pregonado aquí y de la que huyen los conspiranoicos como de la peste. Por otro lado, en relación a lo erróneo de esas facturas, ya lo ha dicho la propia Hermanita: la prueba de que en Mina Conchita había Goma 2 EC y de que perfectamente la pudieron adquirir los islamistas (o se la pudo colar de manera pícara Suárez Trashorras, que para mí es lo más probable) es que la Guardia Civil la vio allí con sus propios ojos, en un estado de total abandono. Y como algún peón puede verse tentado de alegar que perfectamente la Guardia Civil pudo mentir (como según ellos tantas otras veces) para consolidar la versión oficial, recordemos que por esos hechos a la empresa Caolines de Merillés se le impuso una fuerte sanción por parte de la Administración, cuestión que llegó hasta el Tribunal Supremo sin que en ningún momento la empresa alegara la falsedad de esos hechos: Quote:"Los hechos motivadores de la referida infracción, a la vista del pliego de cargos, propuesta del instructor y de la resolución misma, son los siguientes: A las' 13,00 horas del día 18/06/04, con motivo de la inspección llevada a cabo por la intervención de Armas y Explosivos de Salas (Asturias) junto con el equipo de policía judicial en las bocaminas de los diferentes niveles de la citada explotación minera de titularidad de la empresa expedientada y en presencia de su director facultativo, pudo constatarse el estado absoluto de descontrol, abandono y pérdida de hecho de parte de los explosivos que habitualmente habían venido siendo utilizados por la misma para el desarrollo normal de su actividad, encontrándose en estado de abandono 16 cartuchos de goma 2 EC completamente deteriorados hasta el punto de encontrarse solo el envoltorio, así como 33 cartuchos de goma 2 ECO: 27 cartuchos de goma 2 EC y 2 detonadores... Quote:Sobre la base de estos hechos, la sentencia rechaza las alegaciones impugnatorias de la actora, interesando destacar que por un lado entiende la Sala que
25-03-2010, 23:17:33
Pues gracias por haberos tomado interés en este rollo tan feo de las facturas (no me lo esperaba). Que quede claro que no se puede decir sin más que haya mérito o demérito en darse cuenta o no del error: eso depende de quién revise esos documentos. Conozco a muchísima gente que lo hubiera visto igual de deprisa que yo o más. Sólo es cuestión de experiencia. Me parece normal no notar nada raro si uno no tiene costumbre de manejar este tipo de papeles.
Lo que me deja un poco fastidiada es pensar que esto pueda servirles de algo a los conspis, como ha dicho Mange. No me refiero a los conspis de foro, tipo frikis del 11M como nosotros (porque ésos es que ni siquiera creo que quieran reconocer que leen desiertoslejanos). Pero me molestaría un web que alguien sacara algún dinero de esta "información", aunque sea vendiendo 4 periodicuchos más. En cuanto al CNI, pues eso: que ya pueden ir subiéndome el sueldo o sigo largando estupideces conspiranoicas. ¡Pues menuda soy yo pa buscarle tres pies al gato! ![]()
25-03-2010, 23:40:08
La verdad es que meter a ETA en el 11-M vía goma 2 EC iba a resultar una vuelta de tuerca difícil de sobrellevar para muchos peones, y el perito Iglesias el primero. Aunque ya sabemos cómo disfruta esta muchachada refutando sus propias teorías.
Bueno, aquí concluyo. Debería haberlo pulido más, pero no dispongo de mucho tiempo.
--- Quote:¿Qué vieron los Tedax en sus análisis de la mañana del 11-M?¿Qué vieron, Sr. Iglesias? ¡Pero si la jefa del laboratorio respondió delante de usted! Fue durante la vista, en la sesión de 28.5.2007. Mire, mire: Quote:Fiscal ZARAGOZA: ¿Recuerda usted qué componentes de dinamita se detectan? A lo mejor es que le falla la memoria, como con las fechas de la Goma 2 EC. Tantos datos… uno ya no está para según qué cosas. O a lo mejor es que resulta más excitante adoptar un tono interrogativo misterioso à la Del Pino, como quien anuncia una peli de intriga. Supongo que, cuando uno se dedica a la ciencia ficción, acaban pegándose las maneras del oficio. Quote:Los Tedax realizaron el análisis de las muestras que recogieron en los focos de explosión en la mañana del 11- M, pero según el protocolo estas muestras debían de haber sido analizadas por la Policía Científica. Siempre me ha hecho gracia esta insistencia en “los protocolos” por parte de los conspiracionistas. Pero ver a un perito químico sin la menor experiencia forense en el análisis de explosivos pronunciarse sobre protocolos policiales en la materia me parece difícilmente superable. Por supuesto, el Sr. Iglesias nunca nos ha aclarado a qué protocolos se refiere. Quizá porque, en este punto, como en tantos otros, se limita a repetir lo que ha leído en la prensa. Esta cuestión puede tratarse con toda la extensión que se quiera, pero aquí probablemente nos llevaría muy lejos. Para quien desee más detalles, me remito a lo expuesto en otros lugares. En efecto, ya se ha comentado que, a partir de la información con la que se cuenta, no parece acreditada la existencia de ninguna obligación legal al respecto (véase también la aportación de Manel Gozalbo). Por otro lado, si hemos de creer lo que la juez Lledó refleja en su sentencia desestimatoria de la demanda de S-M contra El Mundo [proceso en el que el Sr. Iglesias también declaró en defensa de sus patrocinadores], ni siquiera puede sostenerse que el envío de los vestigios explosionados fuera una práctica frecuente. Quote:Con la técnica de cromatografía fina practicada por los Tedax se puede detectar la presencia de nitratos, entre ellos la nitroglicerina y de DNT.Supongo que a nadie se le escapa que esta afirmación es de suma relevancia. Y, además, podemos estar seguros de que no es un descuido transitorio, pues el Sr. Iglesias ha dicho esto mismo en diversas ocasiones. Por su interés, me permito documentarlo extensamente. Así, en su libro “Titadyn” (p. 78): Quote:Incluso con los ensayos por vía húmeda y la cromatografía empleada en el laboratorio de los Tedax (cromatografía de capa fina, TLC) se podrían haber identificado […] nitroglicol (EGDN), dinitrotolueno (DNT) y nitroglicerina (NG).En La Hora de Federico, 28.5.2009 (min.40:55): Quote:Sánchez Manzano utilizó una técnica analítica que se llama ‘cromatografía de capa fina’, que no tiene la fineza, para entendernos, de la cromatografía de gases. Pero sí suficiente, si se hace bien, como para discriminar entre determinados componentes.En “La tarde con Cristina” (COPE, 2.7.2009): Quote:En el día 11, los TEDAX, dentro de su función, recogen unas muestras que analizan, con unos métodos un tanto sencillos, pero, a mi modo de ver, y lo digo desde la química, suficientemente explícitos como para haber obtenido datos. […] La técnica que ellos emplearon, que era cromatografía de capa fina, […] sin ser una supertécnica, es suficientemente explícita como para dar nombre y apellidos a los explosivos […].En el programa de César Vidal en esRadio (11.3.2010; min: 16:38): Quote:Los Tedax recogen y llevan a su laboratorio las muestras de los focos de explosión nada más producirse las explosiones del 11-M, en la mañana del 11 de marzo. Lo llevan, lo analizan por la técnica de cromatografía de capa fina, que se la ha tildado de una técnica burda… no es así, es una técnica que no es tan fina como la cromatografía gaseosa ni como la HPLC, pero suficientemente fina como para detectar DNT, nitroglicerina y nitrato amónico, nitratos inorgánicos. Es lo suficientemente fina.Queda meridianamente claro, ¿no? La técnica empleada por la perito de los Tedax era SUFICIENTE para haber detectado las tan traídas y llevadas sustancias de la discordia: DNT y NG. Por cierto, y ya que el Sr. Iglesias lo menciona, resulta irónico: ¿quién era uno de esos que hablaba de “técnicas tercermundistas” en el laboratorio de los Tedax? Ni más ni menos que don Casimiro García Abadillo (EM, 20.11.2006), el otro coautor de “Titadyn” (tal vez deberían hablar más entre ellos). ¿Quién ridiculizaba las instalaciones de los Tedax motejándolas de “laboratorio de la Señorita Pepis”? Pues el mismo Jiménez Losantos ¡entrevistando al perito Iglesias! (La Hora de Federico, 28.5.2009). Y, sin embargo, resulta que no, que aquí tenemos al químico de referencia señalando que, después de todo, no se trataba de una técnica burda, que era “suficientemente fina”. Lo que hay que ver. ¿Por qué insisto en este punto? Recordemos lo que declaró la “tedaxa” en la sesión de 28.5.2007: Quote:Fiscal ZARAGOZA: ¿Usted detectó en esas muestras que analizaron…. que analizó, en esas muestras de los focos, en esas 12 muestras, detectó componentes orgánicos nitroglicerina o dinitrotolueno?¿Hace falta comentar algo? El propio Iglesias reconoce que las tantas veces vituperadas técnicas de la tedaxa eran suficientes para detectar los dichosos componentes, DNT y NG. La consecuencia es obvia e ineludible: o la tedaxa miente cuando dice que no encontró NG y DNT, o no había DNT y NG en los focos en 2004. Así de sencillo. Y, si no había… se acabó la historia. Por supuesto, de forma maliciosa y soterrada, en su libro “Titadyn” (p. 117), Iglesias parece sugerir que la perito Tedax, en efecto, mintió: Quote:Con esta técnica [cromatografía de capa fina] se detectaron nitratos y nitritos (según declaración de la jefa de laboratorio en la vista oral), pero también, muy posiblemente, compuestos orgánicos nitrados. De hecho esta técnica permite separar dinitroetilénglicol, dinitrotolueno y nitroglicerina, entre otros. No se hizo referencia a ninguno de ellos en el informe inicial de 2004.Algo que no se atrevió a hacer en presencia de la aludida, bajo juramento y ante un tribunal. Es decir, cuando y donde correspondía. Pero, con independencia de lo que los valientes conspiracionistas digan guarecidos tras los micrófonos o en sus columnas injuriosas, a la hora de la verdad, es decir, en el momento de formalizar las imputaciones y presentarlas ante un juzgado, lo máximo a lo que se ha llegado es a la querella interpuesta contra Sánchez Manzano y la perito Tedax por parte de la AAV11M, representada por José María de Pablo. Y esto es lo que hay: en dicha querella se atribuyen cosas muy feas a los acusados, pero en ningún momento se dice que los TEDAX mintieran en cuanto a los elementos por ellos descubiertos. Es decir, no afirman que los TEDAX encontraran los elementos del Titadyn (NG y DNT) y los ocultaran. Lo que sostienen es que esos elementos no pudieron encontrarse con los "escasos medios" del laboratorio TEDAX, no científicos, de señorita Pepis, etc., y por eso deberían haber enviado las muestras de los focos a la Policía Científica. En este sentido, la declaración de la “tedaxa” constituye una alegación de hecho no controvertida. Sin embargo, insisto, si lo que dice el perito Iglesias (que se ha prestado a declarar como testigo de cargo en el marco de la referida querella) es cierto, no se impidió a nadie detectar lo que no había; la Policía Científica no iba a detectar lo que no se detectó con una técnica suficiente. Quote:De lo que hayan podido ver entonces los Tedax sólo tenemos noticias seis semanas después cuando, a requerimiento de Del Olmo, informan diciendo que registraron componentes genéricos de dinamita.Introduzcamos un matiz importante a ese “sólo tenemos noticias”. Para empezar, quien tenía que tener noticias no era el Sr. Iglesias, ni los periodistas de ningún signo, ni la ciudadanía… en suma, no hay un “nosotros” al que se haya escondido nada. La perito informó el mismo día verbalmente a quien correspondía, es decir, a sus superiores, según declaró en el juicio: Quote:Vamos a ver, eh… normalmente, normalmente, tal como se trabaja, es, en el laboratorio en la unidad a la que pertenezco, pues eh, la primera noticia de qué hay, debe ser absolutamente cierta, no dudosa, debe ser indiscutible, de que eso por lo menos sí existe. […] Entonces, se da esa noticia, se da verbalmente a mis superiores y a continuación ya, tranquilamente, se continúan las analíticas.Y, en efecto, cuando el juez instructor lo solicita, se le manda por escrito. ¿Tiene el Sr. Iglesias algún conocimiento o experiencia en materia policial que le permita juzgar la atipicidad o anomalía de este proceder? Porque, si no es así, todo esto no pasa de ser chatarra de tertuliano todólogo. Quote:Si detectaron tales compuestos, sabían cuáles eran.Pues claro que sí, ya lo dijo la perito tedax en el juicio, delante de usted (bueno, en realidad, detrás): Quote:Entonces, mantengo la palabra dinamita que es lo único cierto que yo considero en esta analít….en estos análisis de conclusión y pongo componentes por dar idea de que componentes hay, evidentemente, para poder de…definir como dinamita el explosivo presente. Sin componentes no se hubiera podido definir nunca la dinamita.[Nota: la transcripción colgada en Libertad Digital dice: “… por dar idea de qué componentes hay…”. No obstante, la observación directa del vídeo y el propio sentido de la frase me llevan a considerar que la versión correcta es la que aporto aquí] Quote:¿Qué fue lo que vieron que les impidió especificarlo?¿Otra vez?: nitrato amónico y nitroglicol, como sin duda sabe. Esta actitud supone realmente caer bajo, pero este perito insiste en formular estas falaces e insidiosass preguntas. Ya lo había hecho en su intervención de 2.7.2009 en “La Tarde con Cristina”: Quote:Si usted dice que ha visto explosivos genéricos, es porque sabe qué explosivos son. ¿Por qué no lo dice? ¿Tan feo es lo que vieron que no lo dicen?Y en el ya citado programa de César Vidal con motivo del sexto aniversario (11.3.2010; min. 16:50): Quote:Entonces, yo tengo una incógnita tremenda: qué vieron los TEDAX en aquella analítica, que se quedaron mudos durante seis semanas […]. Por favor, cuando alguien dice que ha descubierto un producto genérico, sabe qué producto genérico es. ¿Qué pasa, que no gustó ese producto? No somos mal pensados, pero es que nos hacen plantearnos esta duda metódica.Al contrario, Sr. Iglesias, campeón del método, es usted precisamente un mal pensado. Y de la peor especie, de los que se dedican a formular esas preguntas capciosas y arteras que contienen en sí mismas la infamante acusación de encubrimiento y ocultación. Lo que tiene que demostrar usted en primer lugar es que, efectivamente, los tedax quedaron “impedidos” de poner por escrito sus hallazgos o que se quedaron “mudos”, o que vieron algo “feo”… En suma, debería abstenerse de hacer una descripción del hecho que contiene en sí misma una calificación de lo que pretende demostrar. No espero demasiada sutileza argumental por parte de algunos, pero creo que el problema de fondo que ponen de manifiesto los infundios del Sr. Iglesias es el tantas veces observado razonamiento circular, o más bien invertido, del conspiracionismo. O la petición de principio, como creo que se denomina en argot pedante. Los dudantes metódicos no demuestran que los agentes “oficiales” han mentido y, por eso, su propia teoría es cierta. No. Los agentes “oficiales” tienen que haber mentido porque eso es lo que hace falta para que sus teorías sean correctas. Y, como ya han decidido de antemano que sus teorías son correctas, entonces está clara la mentira de los “oficialistas”, tal como sospechaban. Hagamos una somera recapitulación. Los peritos oficiales se inclinan por la hipótesis de que las muestras (todas, es decir, tanto de los focos como de explosivo intacto) se han podido contaminar. Iglesias y compañía opinan que no, que lo que aparece en 2007 en la muestra M-1 tenía necesariamente que estar ya en el 2004. Sin embargo, él mismo acepta que las muestras de explosivo intacto (pero sólo ellas, curiosamente) sí están contaminadas. Él mismo sabe que en la M-1 (que es una muestra de un foco) no se halló nada en 2004, pese a ser analizada por la Policía Científica (incluyendo a dos peritos intachables: López Cidad y Escribano). Y él mismo afirma que la técnica con la que se analizaron en 2004 las demás muestras de los focos en el laboratorio de los Tedax era suficiente para detectar lo que apareció en 2007, pero no en 2004 (según declara la autora de los análisis, una funcionaria con dos décadas de servicio). Para mí está claro. Pero, como Iglesias ha decidido, pero no acreditado, que lo que vale es el resultado de 2007, entonces, por fuerza, la perito tedax tiene que estar mintiendo, porque, de otro modo, su hipótesis deviene insostenible. Eso es todo el bagaje científico y objetivo que puede ofrecer para desvirtuar el testimonio bajo juramento de la agente de policía: un simple “no me lo creo”. Quote:¿Por qué hacen sólo una vaga, inverosímil y tardía declaración de su hallazgo?Dejemos claro una vez más que el experto Iglesias, totalmente inexperto en el análisis forense de explosivos y completamente lego en cuestiones de procedimiento criminal y policial, no está calificando la declaración de “vaga, inverosímil y tardía” como químico. Sus calificativos en este sentido son tan atendibles como los de mi peluquera (dicho sea con todos los respetos hacia ella) o mi dentista (ídem.). ¿Tardía respecto a qué? ¿Para qué? ¿Por qué? ¿Inverosímil por qué? Porque él no se lo cree. Perfecto. Y en cuanto a “vaga”… ¿El Sr. Iglesias se pregunta por qué? Pues también lo explicó la perito en la vista, hay que ver cuántas cosas se le olvidan a este hombre: Quote:Digo dinamita a mis superiores. Eso lo mantengo después siempre. Pero sí, porque además es una herramienta fácil para trabajar, todo el mundo conoce la palabra dinamita. La palabra nitratos, nitritos, amonio, nitroglicoles son más complicadas para personas no expertas en estos temas, sin embargo, dinamita, todo el mundo puede trabajar con ello y van a trabajar colectivos policiales, autoridades judiciales, mis superiores moverán esta información según su mejor criterio. Entonces, mantengo la palabra dinamita que es lo único cierto que yo considero en esta analít….en estos análisis de conclusión […]. Ellos son pre… solamente decían qué hay y yo no puedo a personal que normalmente no es experto, no puedo estarle liando con términos químicos que no conducen a nada.Una cosa es que no le guste la explicación (cada tertuliano opina lo que quiere) y otra bien distinta ignorarla y hacer como que no existe, para no tener siquiera que rebatirla. Y a toro pasado todos somos muy listos. Pero lo cierto es que el propio error de Sánchez Manzano con la nitroglicerina en la Comisión del 11-M; las declaraciones del ex ministro Acebes en el mismo foro y sobre el mismo tema; las imprecisiones periodísticas (incluido El Mundo, quién lo diría, que llegó a publicar que la nitroglicerina era distintiva del Titadyn y el nitroglicol de la Goma 2 ECO, pero no del primero… -editorial, 30.7.2006-), lo que demuestran precisamente es el acierto de la observación de la perito Tedax, ella sí, experta en el análisis de explosivos en el marco de una investigación policial. Quote:Considero que este es uno de los puntos más oscuros y graves de la actuación de este cuerpo y que requiere de un urgente esclarecimiento.Más de lo mismo. Ver a este químico de muy dudosa solvencia intelectual aprovechando sus quince minutos de fama para erigirse en juez de la actuación de un cuerpo policial es lacerante. Quote:Ello al margen de que hicieran desaparecer los extractos de los lavados de las muestras con agua y acetona, extractos que deberían de haber sido conservados para un eventual análisis de confrontación según es preceptivo por la Ley de Enjuiciamiento Criminal.Este es otro de los clásicos de la superchería. El análisis de confrontación se hizo desde el momento en que los peritos de la prueba encargada por el tribunal analizaron las mismas muestras. Me limitaré a sugerirle al Sr. Iglesias que le pregunte a su colega, el muy honrado perito Escribano, qué hizo él con sus propias muestras de agua y acetona. Por lo demás, todavía estoy esperando que el preclaro autor del libro que ha de reabrir el caso del 11-M (libro donde, por cierto, confunde el sumario con el escrito de calificaciones de la fiscalía, por poner sólo un ejemplo) nos aclare qué artículo de la Ley de Enjuiciamiento Criminal obliga a conservar los extractos de agua y acetona. No, no se moleste.
26-03-2010, 12:37:31
Demolition man strikes again. Magistral, Rasmo, como siempre.
Aunque eres excesivamente generoso cuando dices del perito Iglesias que Quote:Quizá porque, en este punto, como en tantos otros, se limita a repetir lo que ha leído en la prensa. Bueno, sí, quizá. O quizá es que ha sido directamente instruído por sus "superiores" para repetir esas consignas una y otra vez, una consigna o su contraria según le venga en gana o el entorno lo requiera. Personalmente lo creo mucho más factible.
26-03-2010, 12:59:35
lejianeutra Wrote:Demolition man strikes again. Magistral, Rasmo, como siempre. Sí, la hoja de ruta, que dirían los peones. Este es uno de los puntos en los que de forma exepcional Iglesias mantiene un argumento invariable, el de la capacidad del laboratorio Tedax para detectar NG y DNT, argumento sin el cual la querella a la perito Tedax tendría todavía menos base de la que tiene ahora, si es que tiene alguna, pues no se puede acusar a nadie de ocultar lo que sin medios no podría haber encontrado. Es como la granulojimetría del almidón, si Casimiro no hubiese afirmado que la muestra patrón de Goma2 ECO y la encontrada en la Kangoo procedían del mismo cartucho, Iglesías no habría tenido la necesidad de hacer tanto el ridículo. |
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